La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de protección interpuesto en contra del Gobierno Regional de Los Lagos por el despido de funcionaria con 9 años de servicio, por razones de “restructuración”.
En fallo unánime (causa rol 2366-2018), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa, Marcia Undurraga y el abogado (i) Claudio Novoa– acogió la acción judicial presentada por Claudia Gloria Paz Mazuela Águila, tras establecer el actuar arbitrario e ilegal de la repartición pública.
“Que, en las circunstancias antes indicadas, la decisión de la autoridad administrativa en orden a no prorrogar la contrata de la recurrente para el año 2019, si bien está dentro de sus facultades, en el presente caso sólo puede ser entendida como una actuación arbitraria, ya que los fundamentos explicitados en la resolución impugnada son insuficientes para justificar la terminación de la contrata, al no señalar pormenorizadamente y para el caso específico del recurrente los presupuestos fácticos que llevaban necesariamente a prescindir de los servicios de doña Claudia Gloria Paz Mazuela Águila, no bastando que la entidad se asile únicamente en que la indicación normativa habilitaría a tal desvinculación, ni en expresiones genéricas como ‘restructuración’”, sostiene el fallo dictado el lunes 4 de febrero recién pasado.
“En consecuencia, el acto cuestionado no contiene fundamento suficiente que permita derrotar la legítima expectativa continuidad de la relación laboral creada en la recurrente y, por ende, deviene en arbitrario”, agrega la sentencia.
“(…) en la especie –continúa–, se ha vulnerado en forma arbitraria el principio de igualdad ante la ley, ya que se ha materializado una discriminación en el trato entre las personas que cuya contrata es terminada en relación con los demás empleados de la administración que se encontraban en una idéntica situación y no obstante conservan sus empleos, afectándose así la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, pues el recurrente gozaba del derecho que tiene todo funcionario a contrata del Gobierno Regional a que en el caso de no prorrogar su contrata, el cese en sus funciones sea debidamente fundado”.
Por tanto, concluye que: “se ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Claudia Gloria Paz Mazuela Águila en contra del Gobierno Regional de Los Lagos y, en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 4045, de 27 de noviembre de 2018, que decidió no prorrogar la designación a contrata para el año 2019, debiendo reincorporarse a la recurrente a sus funciones y procederse al pago de todas las remuneraciones y cotizaciones previsionales devengadas desde que fuera separada del servicio”.