Un proyecto de ley que obliga al Estado de Chile entregar un porcentaje de las multas aplicadas a empresas privadas que ocasionan un grave perjuicio económico a los habitantes de un territorio como consecuencia de una acción u omisión generada por la explotación de sus unidades económicas, presentó la Diputada por el distrito 25 Emilia Nuyado.
La Congresista argumentó que en Junio del presente año, nos enteramos de la multa millonaria aplicada a ESSAL. La legislación vigente, señala que esta multa será de beneficio fiscal, pero no se considera en la aplicación de la medida sancionatoria, un aporte o distribución de los montos correspondientes a las multas, a las comunas ni los territorios que se vean afectados por el daño causado por las empresas.
En lo que refiere a los hechos que dan origen a lo que planteamos en esta moción, encontramos declaraciones de prensa del Superintendente de Servicios Sanitarios que son inequívocas. ESSAL es responsable de «haber incurrido en deficiencias en la calidad del servicio de producción y distribución de agua potable; por haber incurrido en deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable debido a un corte no programado entre los días 11 y 17 de julio de 2019; por haber incurrido en deficiencias en la continuidad del servicio de distribución de agua potable debido a un corte no programado.
La Diputada, Emilia Nuyado, señaló que la empresa ha sido extremadamente irresponsable porque además no cumplió con el compromiso asumido con los feriantes en el sentido de compensar económicamente los días no trabajados durante la emergencia sanitaria, pese a que sus máximos ejecutivos se comprometieron a ser las transferencias económicas en menos de 30 días a las personas que justificaron con documentos ser feriantes, lo que hasta el momento no se ha cumplido.
A raíz de esta emergencia se presentó un proyecto de ley con artículo único donde los montos correspondientes a las multas impuestas por la Superintendencia que sean pagadas en la Tesorería General de la República, serán distribuida de la siguiente manera; a) Un noventa por ciento, a beneficio de la municipalidad, de la comuna que se vio afectada por los hechos u omisiones que llevaron a la sanción, con el objetivo de desarrollar programas, que busquen subsanar o mitigar el daño causado a la comunidad. b) Un diez por ciento a beneficio fiscal. Artículo Transitorio. La norma legal establecida en esta ley, se aplicará a todos los procedimientos sancionatorios que se encuentren firmes y ejecutoriados desde enero del 2021, señaló la Diputada Emilia Nuyado.