El objetivo de esta acción es que la empresa entregue una propuesta de solución a cada una de las personas consumidoras afectadas, ya sea, por retardo en los plazos de entrega del producto, incumplimiento en la negativa y retraso en la devolución del dinero como consecuencia de la cancelación y falta de stock, no respetar el derecho a la garantía legal, entre otros.
· Se trata de scooter eléctricos que van desde los $380 mil hasta más de $3 millones.
· Desde el año pasado y hasta enero de este 2024, SERNAC recibió 533 reclamos en contra de esta empresa.
· En caso de no encontrar una solución satisfactoria, el ente fiscalizador no descarta iniciar acciones legales colectivas.
SERNAC inició con Procedimiento Voluntario Colectivo (PVC) con la empresa Dualtron Spa, con el objetivo de encontrar una solución que beneficie a todas las personas consumidoras que se vieron afectadas por una serie de incumplimientos relacionados con la compra de scooter eléctricos.
Los incumplimientos en los que ha incurrido la empresa Dualtron Spa (continuadora legal de Munsac Spa), se refieren al retardo en los plazos de entrega de los productos; modificación y/o postergación de la fecha informada para el despacho; negativa y/o retardo en la devolución del dinero tras la cancelación de la compra y/o por falta de stock; no respetar el derecho a la garantía legal, entre otros inconvenientes.
La entidad fiscalizadora, desde el año 2023 y hasta el 30 de enero de este año, recibió 533 reclamos, los que dan cuenta que la empresa no ofreció una solución satisfactoria. Se trata de scooter eléctricos que van desde los $380 mil hasta más de $3 millones.
Desde que detectó el problema que estaba afectando a las personas consumidoras, el Servicio desplegó sus facultades, iniciando una investigación que incluyó una serie de acciones, como el envío de oficios solicitando información, citación a declarar al representante legal, entre otras.
De los antecedentes recabados por SERNAC, se ha advertido que la empresa incumplió una serie de obligaciones establecidas en la Ley del Consumidor, como, por ejemplo, la entrega de información veraz y oportuna, el incumplimiento de las condiciones contratadas, falta de reparación o respuesta a las personas afectadas, entre otras.
A través de este PVC, SERNAC pretende que la empresa entregue una propuesta justa, adecuada, que beneficie a todas las personas que fueron afectadas por alguno de los incumplimientos anteriormente mencionados.
Recordemos que un Procedimiento Voluntario Colectivo es una gestión extrajudicial establecida en la Ley del Consumidor (LPC), y que permite al SERNAC, cuando existe Servicio Nacional del Consumidor Ministerio de Economía, Fomento y Turismo
voluntad de parte de la empresa, de buscar una propuesta compensatoria en un plazo acotado de tres meses, buscando una solución expedita, completa y transparente que resguarde el interés colectivo de los consumidores afectados por conductas de las empresas.
En caso de no encontrar una solución justa y adecuada, y que beneficie a todas las personas que se han visto afectadas mediante este PVC, SERNAC advirtió que no descarta iniciar otras acciones colectivas en contra de la empresa.
Luisa Alejandra Miranda Mondaca
Profesional – Administradora de Plataforma
Dirección Regional de los Lagos