Aquella que por cuya exposición provocare en las personas algunos síntomas vinculados a insomnio, dolor de cabeza, irritación en mucosa, náuseas, vómitos, pérdida de memoria, falta de concentración, interacciones con otros sistemas sensoriales o biológicos y cambios en las pautas de respiración.
La moción, patrocinada por el Senador Sebastián Keitel, modifica la ley N° 19.300, que aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el objeto de reconocer la contaminación por olor como un nuevo agente contaminante.
El autor del proyecto de ley señala que la exposición a olores desagradables se constituye en un tipo de contaminación atmosférica proveniente del desarrollo de actividades industriales y humanas que liberan moléculas odoríferas al medio ambiente, lo cual resulta en una calidad del aire no óptimo para el ser humano, afectando en algunas ocasiones su salud.
Expone que a menudo encontramos noticias, manifestaciones y quejas de ciudadanos por los malos olores que emiten las industrias, donde no se encuentra una solución inmediata a esta problemática. Por el contrario, la población cercana a estas actividades evidencia molestias en la salud y bienestar.
Añade que el aumento de este tipo de contaminación es considerado por las autoridades ambientales como un reto complejo de afrontar por el difícil manejo y control de esta contaminación invisible.
Observa que, hasta la fecha, en la legislación chilena solo existen normas sectoriales, concluyendo que urge obligar legalmente a las industrias que emiten olores a someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental vigente, toda vez que actores como los mataderos, los criaderos caninos y porcinos, entre otras industrias, deben elevar sus estándares, sobre todo en materia de olores.
En virtud de lo expuesto, el proyecto de ley incorpora a la legislación medioambiental vigente el reconocimiento expreso de un nuevo agente contaminante: el olor.
La moción, patrocinada por el Senador Sebastián Keitel, modifica la ley N° 19.300, que aprueba Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, con el objeto de reconocer la contaminación por olor como un nuevo agente contaminante.
El autor del proyecto de ley señala que la exposición a olores desagradables se constituye en un tipo de contaminación atmosférica proveniente del desarrollo de actividades industriales y humanas que liberan moléculas odoríferas al medio ambiente, lo cual resulta en una calidad del aire no óptimo para el ser humano, afectando en algunas ocasiones su salud.
Expone que a menudo encontramos noticias, manifestaciones y quejas de ciudadanos por los malos olores que emiten las industrias, donde no se encuentra una solución inmediata a esta problemática. Por el contrario, la población cercana a estas actividades evidencia molestias en la salud y bienestar.
Añade que el aumento de este tipo de contaminación es considerado por las autoridades ambientales como un reto complejo de afrontar por el difícil manejo y control de esta contaminación invisible.
Observa que, hasta la fecha, en la legislación chilena solo existen normas sectoriales, concluyendo que urge obligar legalmente a las industrias que emiten olores a someterse al sistema de evaluación de impacto ambiental vigente, toda vez que actores como los mataderos, los criaderos caninos y porcinos, entre otras industrias, deben elevar sus estándares, sobre todo en materia de olores.
En virtud de lo expuesto, el proyecto de ley incorpora a la legislación medioambiental vigente el reconocimiento expreso de un nuevo agente contaminante: el olor.
Diario Constitucional