Un informe realizado por el INDH con observaciones recogidas durante el plebiscito del 4 de septiembre y que ya fue enviado al Servicio Electoral, detectó personas que no pudieron votar porque no tenían carnet.
Un informe que recomienda que el Ministerio de Justicia y el Registro Civil garanticen que las personas privadas de libertad tengan un acceso a su cédula de identidad envió el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) al Servicio Electoral (Servel). Este planteamiento aparece entre las principales conclusiones del documento, desarrollado por el INDH después de observar la votación en 13 recintos penales, en el contexto del plebiscito constitucional del 4 de septiembre pasado.
Durante el histórico proceso votaron por primera vez 770 personas al interior de 14 centros penitenciarios. Eran 1.029 las habilitadas. Se trata de personas que no cumplen penas aflictivas: que cometieron delitos de baja gravedad, con penas menores a tres años, muchas de las cuales están en prisión preventiva. Entre las causas que los observadores del INDH hallaron para que algunas de ellas no pudieran votar figura que carecían de cédula. Hay que recordar que la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios exige que los votantes presenten este documento vigente al momento de sufragar.
Según el informe, “se pudo constatar que únicamente en algunas unidades hubo acceso a las cédulas de identidad de todas las personas habilitadas para sufragar internadas en el recinto”. Estos fueron los complejos penitenciarios (CP) de Arica, Alto Hospicio, La Serena, Valparaíso y Valdivia. En el resto se mencionó que sólo algunas pudieron acceder a sus cédulas.
Se detectaron así varios escenarios. Por ejemplo, en Santiago Uno, Rancagua y Concepción las personas se negaron a obtenerlo, en algunos casos porque debían pagar y no tenían recursos. Obtener una cédula en el Registro Civil tiene un costo de $3.820, según dice la página web del servicio.
“Las personas privadas de libertad tienen que costear con sus recursos los gastos y aranceles que dicho trámite requiere ante el Registro Civil. En otros casos, las personas pagaron el valor”, indica en el informe, que detalla el caso de Alto Hospicio, donde cada interno pagó el valor mínimo y se realizó un operativo con el Registro Civil.
El documento del INDH estima que esta situación es “altamente preocupante y un aspecto a poner atención en futuros procesos”, porque “la persona está bajo la tutela y la custodia del Estado. Por tanto, debe permitir a la persona acceder a sus documentos de identidad”, dada su situación de privación de libertad, “que en muchos casos implica no poder generar recursos económicos autónomamente”.
Anomalías detectadas
Hay otras anomalías que impidieron que las personas tuvieran la cédula ese 4 de septiembre. Algunas hicieron el trámite, pero el documento no se entregó a tiempo o hubo un problema técnico. En un caso la persona hizo la renovación antes de entrar al centro penitenciario y no pudo retirarla, pero al ser requerida por Gendarmería al Registro Civil ésta no se obtuvo, ya que se indicó que fue destruida. Esto último pasó en Antofagasta.
En el informe se plantea también una reglamentación a fin de que las personas tengan acceso a sus documentos inclusive para trámites comunes como mandatos, autorizaciones notariales, entre otros.
Entre las recomendaciones dirigidas al Ministerio de Justicia, a Gendarmería y al Registro Civil, hay una específica que sugiere que se realicen “los procesos de cambio de domicilio electoral en todos los establecimientos penitenciarios del país”. De este modo toda persona privada de libertad con derecho a sufragio podrá acceder a dicho trámite y, por tanto, estará adscrita a una mesa de votación al interior de una unidad penal”.
Además, el informe recomienda “facilitar el acceso a la información sobre el proceso electoral a las personas privadas de libertad”. De esta forma, ellas dispondrán de antecedentes adecuados y suficientes sobre las alternativas que se les presentan, así como para la deliberación personal.
Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)