Con una capacitación que fue encabezada por la ministra de la Corte Suprema Gloria Ana Chevesich -a la que asistieron más de 150 funcionarios y jueces de tribunales de Garantía de las jurisdicciones de Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique y Punta Arenas- se inició el proceso de preparación para implementación de la ley 21.378 sobre monitoreo telemático para causas de violencia intrafamiliar, normativa que comenzará a comenzará a regir para los tribunales penales en junio de 2023.
La ley de monitoreo telemático, que en los tribunales de Familia comenzó a operar el 4 de abril pasado, establece medidas cautelares como el uso de dispositivos tecnológicos de control, para evitar un daño mayor a las víctimas de violencia intrafamiliar (VIF).
En la capacitación se abordaron temas como: los aspectos normativos de la ley; los desarrollos informáticos que el Poder Judicial ha implementado para una correcta aplicación de la norma por los tribunales de justicia; la aplicación de la Pauta Unificada de Evaluación Inicial de Riesgo (PUIR) y del Protocolo de Protección Inmediata en Violencia contra las Mujeres, además de las estadísticas y datos que hay sobre la materia, en presentaciones a cargo de profesionales de la Dirección de Estudios y del Departamento de Desarrollo Institucional de la Corte Suprema.
Al existir una evaluación de riesgo alto tras aplicar la PUIR, el tribunal podrá decretar la medida cautelar de prohibición de acercamiento a la víctima, su lugar de trabajo o estudio, medida que se monitoreará telemáticamente y que estará a cargo de Gendarmería de Chile. Con esto, la ley busca brindar una mayor protección a la víctima.
La ministra Gloria Ana Chevesich Ruiz, coordinadora nacional de la implementación en el Poder Judicial de la ley 21.378, señaló que la actividad tuvo por objetivo “concientizar acerca de los nuevos cimientos en los que debe trabajar el sistema de justicia penal y promover a través de la capacitación constante el conocimiento y la sensibilización que permita otorgar un servicio de calidad, proporcionando la seguridad necesaria para tantas mujeres que son víctimas de violencia y sus familias”.
“La creación de esta ley en causas de violencia intrafamiliar en la opción de medida de protección a mujeres víctimas de violencia, potencia el fortalecimiento y la salvaguardia de la vida y la dignidad, esto es, derechos fundamentales, emplazándonos a todos a traspasar los velos que han impedido accionar con mayor eficacia en el resguardo de la vida de una mujer en riesgo, pues poco a poco se ha ido expandiendo la comprensión y compromiso en relaciona al problema de la violencia de género, la que por cierto escapa a la regulación del derecho positivo pues nos desafía a romper con estigmas y creencias arraigadas históricamente en la psiquis colectiva”, agregó.
Junto con ello, advirtió que los juzgados de competencia penal “tienen un rol fundamental pues tienen el desafío adicional de visibilizar a dos partes que sostienen relaciones afectivas en una esfera de intimidad, cuestión que no ocurre en la mayoría de los delitos y que por tanto obliga a jueces, juezas, funcionarios y funcionarias a contar con habilidades emocionales adicionales que permitan conectar con el trasfondo humano que se asoma en el conflicto, todo el aras de contener y proteger a las víctimas”.
MARIA TERESA RIVERA
DIRECCIÓN DE COMUNICACIONES
PODER JUDICIAL