El pleno de la Convención Constitucional aprobó la semana pasada sus primeros artículos que formarán parte del nuevo texto constitucional. Entre ellos se encuentra el Artículo: paridad y perspectiva de género propuesto por la Comisión de Sistema de Justicia; principio que será una innovación en
Latinoamérica.
Pero ¿qué significa?: El texto señala que “todos los órganos y personas que intervienen en la función jurisdiccional deberán garantizar la igualdad sustantiva”, es decir que se deberán considerar los factores económicos, geográficos, culturales, simbólicos, etc., que afectan a mujeres y hombres de cada sector en el ejercicio de sus derechos.
Así lo explica la convencional Ingrid Villena, una de las autoras de la iniciativa, “la perspectiva de género es una herramienta -no un fin en sí mismo-, que parte de la base de que vivimos en un mundo donde las relaciones de poder hombre-mujer no son equivalentes y que, por lo tanto, a la hora de juzgar, invita a mirar el panorama completo”. Agrega que el artículo, busca corregir la parcialidad de algunas decisiones que se derivan del principio de que el hombre es centro y protagonista de la historia. Para lograr la incorporación de esta perspectiva, se requiere formación inicial y constante de quienes participan en el sistema de justicia.
Para la coordinadora de la Comisión de Sistemas de Justicia, Vanessa Hoppe que el pleno reconociera y aprobara la paridad y perspectiva de género en la función jurisdiccional es un gran paso para Chile “nos hemos consagrado como el primer país del mundo en consagrar este principio”.
Pese a las recomendaciones internacionales de la CEDAW número 28 y número 33, que invitan actualizar los sistemas de justicia, lo novedoso de la propuesta es que está pasando por primera vez en nuestro país y de rango constitucional, siendo una innovación en el derecho, al menos en Latinoamérica.
Del mismo modo, Ingrid Villena destaca que la incorporación de la perspectiva de género en nuestros sistemas de justicia solo enriquece el debate, y nos encamina a un nivel de mayor igualdad en vías de erradicar la discriminación, y los estereotipos al enfrentar un caso.
Esto llevado a la práctica, radica en que cambian los sistemas de nombramiento, cambia la forma en cómo se preparan tanto las juezas y los jueces, como las y los funcionarios, ya que con la nueva Constitución deberán aplicar normas con perspectiva de género, para lo cual estarán obligados a perfeccionarse en el área, “lo que en definitiva elimina formalmente las barreras de ingreso de las mujeres a altos cargos en la función pública”, comenta la convencional Villena.