Un grupo de parlamentarios de Renovación Nacional (RN) presentó un proyecto para regular los servicios funerarios. La iniciativa solicita asegurar y ofrecer un servicio que cubra económicamente el monto de la cuota mortuoria.
Por otro lado, obliga a los cementerios a remitir el nombre, apellido y fechas de nacimiento, para que los cuerpos no vayan a una fosa común. También busca prohibir a los cementerios la modificación de términos, modalidades y condiciones de sus servicios en caso de una demanda.
Para cumplir con los objetivos, el proyecto propone modificar el código sanitario para incorporar un nuevo artículo 136 bis, el cual es propone lo siguiente: “Las casas funerarias particulares tendrán la obligación de ofrecer, entre los diferentes servicios que ponen a disposición, uno que comprenda la provisión de una urna, ataúd, ánfora o cofre, y los servicios necesarios para la sepultación o incineración, transporte y traslado de cadáveres o de restos humanos, cuyo precio sea equivalente a la cuota mortuoria que dispone el artículo 88 del Decreto Ley 3500, que establece un nuevo sistema de pensiones. Las casas funerarias particulares tendrán la obligación de ofrecer de modo público y visible, y como primera opción, este servicio, sin perjuicio de los demás que puedan promocionar”.
Así mismo de otra manera se propone incorporar el mismo código en el siguiente artículo 137 bis, “Todo cementerio particular tendrá la obligación de consignar, de modo individual, el nombre completo y fecha de nacimiento y fallecimiento de cada uno de los cuerpos que son inhumados en la fosa común. El modo en que llevará a cabo esta consignación es a través de una placa de material no oxidable de, a lo menos, diez por veinte centímetros. La placa deberá quedar visible al público, y el cementerio tendrá la obligación de mantenerla en buen estado y de renovarla en caso de rompimiento o deterioro significativo”.
Por otro lado incorporar, el código sanitario propone agregar un nuevo artículo 137 con el siguiente texto “Los cementerios particulares tendrán la obligación de publicar los términos, condiciones y modalidades de los servicios ofrecidos y respetarlos. Está prohibido que los cementerios particulares modifiquen los términos, condiciones y modalidades de sus servicios en razón de demanda espontánea”.
La diputada Ximena Ossandón señaló que “se deben regularizar los precios de los servicios fúnebres y cementerios, ya que las familias no siempre están preparadas para una pérdida, es por esto que todas las funerarias deben de tener un servicio que cubra en su totalidad con la cuota mortuoria de cada persona para brindarle un servicio digno, y los cementerios deben remitir los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los difuntos”.
Además de Ossandón, el proyecto fue presentado por, Erika Olivera, Paulina Núñez y Francesca Muñoz y el diputado Bernardo Berger.
Fuente agricultura.cl
Agencia uno