La Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a Eliazar Alejandro Solís Pérez a la pena efectiva de 15 años de presidio, en calidad de autor del delito de violación. Ilícito perpetrado en abril de 2019, en la comuna de Los Lagos.
En fallo unánime (causa rol 235-2021), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Ignacio Correa, Samuel Muñoz y el abogado (i) Juan Carlos Vidal– ratificó la sentencia, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, tras descartar error de derecho al rechazar la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos y aplicar, en cambio, la agravante de responsabilidad de ejecutar el delito de noche o en despoblado.
“(…) tal como queda asentado en la sentencia, la versión del acusado no aportó nada trascendente para la determinación de la existencia del delito y su participación en el mismo; sino que, con la versión entregada, pretendió exculparse, ya que expuso sobre el carácter voluntario de las relaciones sexuales que tuvo con la víctima con miras a su absolución, por lo que no resultó posible pretender que con sus dichos se configure la atenuante alegada, razones que permiten desestimar el recurso en este acápite”, sostiene el fallo.
Para el tribunal de segunda instancia: “(…) como es posible apreciar, el contexto y la dinámica contenida en el relato antes descrito, dan cuenta de un entorno apartado, el que fue procurado por el acusado, movilizando a la víctima contra su voluntad y mediante amenazas, entorno que por su topografía impedía que fueran vistos, ya que no se encontraba al nivel de la calle; además, a la situación de diferencia de nivel se sumaba la presencia de árboles y la oscuridad. En concepto de esta Corte los hechos descritos satisfacen, adecuadamente, la figura del numeral 12 del artículo 12 del Código Penal, por lo que la alegación de la defensa en este punto, no puede ser acogida”.
Por tanto, se resuelve que: “se rechaza el recurso de nulidad deducido por la defensa penal en contra de sentencia, de treinta de marzo de dos mil veintiuno, dictada por la Segunda Sala del Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, sentencia que no es nula”.
El tribunal de primera instancia dio por acreditado, más allá de toda duda razonable que alrededor de las tres de la madrugada del 7 de abril de 2019, la víctima se habría acercado a un joven que conocía, quien se encontraba consumiendo bebidas alcohólicas con el condenado, Solís Pérez, en un sector de la población Los Pinos, de la comuna de Los Lagos.
En dicho contexto, la víctima, de 25 años de edad, tras compartir con su conocido y el condenado, se dirigió hacia una plaza, siendo seguida por Solís Pérez, quien la tomó de un brazo con fuerza y, bajo amenaza, la trasladó hacia un sitio oscuro y poco transitado, donde la violó.
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