El Director de Desarrollo Comunitario de Osorno, Claudio Donoso, aclaró que latarifa por concepto de Derecho de Aseo Domiciliario la fija el Servicio de Impuestos Internos, según el avalúo anual de la vivienda de cada propietario, recayendo en las corporaciones edilicias del país el cobro de dichos montos, según loestablece la Ley de 3.063 de Rentas Municipales.
Es ese contexto, y estando en pleno conocimiento que muchos de los osorninos no reúnen el poder adquisitivo para cancelar estos montos, Claudio Donoso explicó queexisten algunas exenciones y/o subvenciones, otorgados por el municipio local, “quedando exentos de pago todas aquellas personas que posean pensiones por jubilación, invalidez o viudez, y a cuyo nombre esté el rol de avaluó de la propiedad a la cual se le está haciendo el cobro de derecho de aseo domiciliario”.
Además, la ordenanza municipal en Osorno contempla situaciones de vulnerabilidad social, por ello, “para hacer efectivo este beneficio, nosotros utilizamos el registro social de hogares, con lo que podemos decretar incluso la exención de un 100 por ciento en el cobro de derechos de aseo para familias que están bajo el 40 por ciento de vulnerabilidad”.
En el caso de que las familias estén sobre el 41 por ciento de vulnerabilidad, existen tramos de exenciones, que pueden llegar hasta un 50 por ciento de rebaja en el pago de dicho cobro, “por lo cual formulamos un llamado a la comunidad a acercarse al Departamento de Rentas de la Municipalidad de Osorno, para conocer su situación específica, y luego al Departamento Social para poder optar a beneficios de rebaja, en caso que califiquen dentro de los parámetros quefija nuestra normativa vigente”, indicó Donoso….